Este criterio se compone de una variable denominada como N° DE DÍAS SEGUIDOS DE ESTRÉS HÍDRICO. Esta variable resulta de gran importancia para el crecimiento normal de las plantas, estudios realizados por Reinoso (2016), indicaron que el déficit hídrico afecta los procesos fisiológicos (en estado vegetativo) desde los 10 días después de tratamiento y exposición y que estos varían con el tiempo; que el déficit hídrico disminuye la acumulación de materia seca en los diferentes órganos debido a una menor asimilación de CO2. Asimismo, se considera que un estrés moderado por déficit hídrico es aquel que genera limitaciones en la fotosíntesis de tipo estomático, mientras que un estrés severo por déficit hídrico cuenta con limitaciones de tipo estomática y no estomática de la fotosíntesis, generalmente por daños en el fotosistema II (Hsiao., 1973)
Explicación
Esta variable fue construida a partir de la base de datos climáticos IDEAM y la capacidad de retención de humedad del suelo calculada con información del estudio general de suelos del departamento de Cundinamarca, integradas en un balance hídrico agrícola espacial para posteriormente obtener salidas espacio-temporales de estrés hídrico. Estas se reclasifican según los valores asignados a cada aptitud del cultivo